Consulta:
Victor nos escribe para contarnos que ha trabajado 5 años para una empresa aparentemente seria, pero que ésta nunca le pagó las 2 horas de sobretiempo que hacía diariamente por exigencias de la misma empresa. Su empleadora argumenta que no le corresponde el pago de horas extras porque no hay constancia de que la Administración haya autorizado que las realizara. Por ello, Victor pregunta si se le deben pagar esas horas trabajadas fuera de su jornada laboral aún si no existe constancia de que el empleador las autorizó.
Respuesta:
El pago de horas extras es un derecho irrenunciable de todo trabajador, y la Constitución señala que nadie está obligado a laborar sin remuneración.
Respondiendo concretamente la consulta debemos señalar que la ausencia de una orden documentada de la empresa para que el trabajador labore más allá de su jornada máxima no es argumento para que aquella se niegue a reconocer el pago respectivo.
Así lo señala el Artículo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo (aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2002-TR) que establece en su párrafo final lo siguiente
“en caso de acreditarse una prestación de servicios en calidad de sobretiempo aun cuando no hubiera disposición expresa del empleador, se entenderá que ésta ha sido otorgada tácitamente, por lo que procede el pago de la remuneración correspondiente por el sobretiempo trabajado“.
Es decir, si existen pruebas de la prestación de servicios en horas extras y no hay constancia documentaria de que el empleador dispuso su realización se entiende que hubo autorización tácita para que el trabajador labore fuera de su jornada máxima y por ello debe ser remunerado.
si mi empresa tiene 2 clases de empleados , con horario fiscalizable (marcan tarjeta) y no fiscalizable (no marcan tarjeta) y los que son no fiscalizables trabajan siempre mucho mas de lo debido que se podria hacer en ese caso? no hay ningun control sobre las horas extras
la consulta es la siguiente en la empresa donde laboro siempre a la semana hay horas extras ,nos pagan y nos dan refrigerio pero de un tiempo a esta parte nos quitaron el refrigerio quiero saber si el refrigerio nos corresponde o no, por mas de 5 horas de horas extras.
Trabajo en una empresa privada hace dos años y cinco meses,comence con un contrato y ganando sueldo minimo,al pasar los mese me asignaron mas responsabilidades y mejor remuneracion,no me puedo quejar de las vacaciones y remuneracion pero de un tiempo aca me di cuenta que las horas diarias que laboro son de 10 horas a mas llegando a ser 24 o 26 horas corridas. Ya presente mi queja para que me paguen las horas trabajadas . pero ahora el director me envia un correo donde me explica que ya no me pagaran por el turno noche que me exigen a pesar que yo no estoy de acuerdo.( de los mil soles que me pagaban me recortaron el sueldo,sin explicacion)bien los dia laborables eran de lunes-viernes de 7:30 -17:30 horas ahora es de lunes – sabado mismo horario. Asi es como firmo en el cuaderno de asistencia pero en realidad mi salida es a las 8 o 9 de la noche sin tener remuneracion alguna x orden del director gerente.sin contar con los dias viernes en que debo de hacer doble turno dia y noche y los domingos turno dia de vigilancia en planta-almacen.
Quiero saber si la ley explica el dia domingo como descanso y si se labora como deve de ser reconocido.
Muchas Gracias . de ante mano le escribo muy apenado ya que somos dos padres de familia que tenemos este problema.
* nota:
– me piden que trabaje 60 horas semanales.(sin contar las horas,depues de las 17:30 horas )
-me hacen firmar un horario de trabajo que no corresponde a las horas laboradas.
-no me reconocen las horas extras.
-no tengo horario de refrigerio ( aunque en el libro me pexigen que lo haga)debido a esto tengo problemas de gastritis aguda.
-me exigen que firme la boleta de pago donde reza que me han pagado la CTS cuando en realidad lo haran 2 o 3 meses despues.
-me retiraron la bonificaciòn y me aumentaron de labores.
-todo esto me obligo a dejar los estudios.de gestion empresarial.(hable con mi jefa inmediata pero no tiene la jerarquia para facilitarme el horario de estudios)
-hacen caso omiso cuando pido una explicaciòn.
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Sr. Del Aguila
Sobre mi caso soy empleado (Asistente de Operaciones) de una empresa de transporte que presta servicio de acarreo de mineral de socabon a planta de tratamiento (chancadora) a una Empresa minera , trabajo desde las 6:00 am hasta las 8:00 pm – en sistema de 10 x 5 (10 dias trabajados y 5 dias libres) solo tengo desayuno y almuerzo.
me pagan 1200 + 300 de movilidad, yo vivo en Comas -mi contrato fue en Ate – Lima oficina principal, y solo me pagan el sueldo mencionado.
en los dias feriados que trabajamos son de mas de 12 horas y solo nos pagan 1 dia normal mas el sueldo normal.
Personal obrero (choferes) – su sindicato reclamo esas horas y ya les cancelaron por los dias trabajados hasta la fecha, pero con el personal empleado no lo hace, aqui tambien hay personal de confianza que tambien le han negado ellos sin conocer sus derechos, pero viendo su articulo tambien estan en el derecho de reclamar.
ellos manifiestan que estamos en regimen minero y argumentan muchas cosas.
le pediria que me aclare si puedo exigir estas horas a mi empleador.
Atentamente,
Edagrdo Trujillo
PD.- Igual con las Utilidades solo recibimos 400 soles cuando trabajadores de la mina reciben entre 6,000 a 20,000 – aducen estar en quiebra pero donde laboramos facturamos en positivo.
Señores buenes noches mi consulta es como demostrar mis horas extras ya que no estoy en planilla no tengo beneficios sociales pero trabajo 12 horas diarias para una emp. trans. y estoy por despido arbitrario y mi caso pasa al poder judicial ademas mi sueldo es de 700 soles y me an echo una liquidacion de un sueldo minimo 550 no es justo a mi me an botado de una emp. tengo 42 años y tres hijos y soy corto de vista y me quieren sorprender o asi es la ley . Para demostrar que yo trabajo en esa emp. tengo constancias de trabajo con fecha 01-02-2003 hasta 2009 y sacado de la emp. 02-01-2009 el ministerio ya constato que yo trabaje y esta demostrado que delante del inspector me ha botado de la emp. en las dos conciliaciones el gerente de la emp. solo me amenasa en que si regreso sera bajos sus condiciones es justo . ahora estoy dolido porque le pude ver su otra cara y quiero que se haga justicia y que me pague el daño que me hizo . soy de tacna …… agradecere su respuesta Gracias ……..un ABOGADO LABORAL en tacna para contactarme otra ves Gracias.
Es correcto que una empresa te desuenta 1 hora de refrigerio, si el trabajador no hace uso de ello, ya que el trabajador sigue laborando en su puesto de trabajo, estamos hablando que el horario es de 6pm a 7am y que corresponderian a Horas extras ya que el horario normal de trabajo es de 07:45am a 01:pm y de 2:00pm hasta 05:30pm
cuanto deben pagarme por mis horas extras? si me pagan 478.50 al mes. Una empresa mype (hotel dos estrellas) debe pagarme la asignacion familiar. Por último llevo una año y medio trabajando en este hotel y mi pago de cts es S/. 275 en cambio a la otra recpcionista le pagan CTS 320.83 y no entiendo porque si llevamos la misma cantidad de meses
Hola soy de la Peninsula de Santa Elena, mi caso al igual que el de otros compañeros es peor por que entramos a trabajar con el nuevo Alcalde elegido hace un año, el mes de Enero y el del año pasado nos hicieron trabajar gratis, la sorpresa para nosotros era al final del mes de enero, lamentablemente la situacion economica nos hace aceptar esa injusticia, si este caso es leido por alguen que esta en contra de la injusticia y nos quieren ayudar gracias de ante mano
hola doctor ingusto saludarle mi pregunta es yo trabajo como cocinero en un rest. pero lo que pasa que tuve un peoblema con mi jefe x no le quise firmar un contrato de liquidacion de cts y procedio a liquidarme pero no reconocio mis horas extras que medidas puedo tomar muchas gracias doctor
Buenas noches, quisiera saber cuanto como maximo son las horas en sobretiempo que debo realizar, es decir existe un tope o simplemente se debe hacer todos los dias sin descanso alguno y esto sin previo aviso es decir son obligadas a hacerlas.
Buenas noches mi consulta es trabajo día feriado calendario soy de operaciones produccion soy personal de confianza no fiscalizable mi consulta es si me corresponde pasar sobre tiempo ya que me dijeron personal de confianza no pasa sobre tiempos pero los que son administrativos … Quiero saber que ley es para ir a reclamar a la empresa