Consulta: el plazo para pagar la participación en utilidades 2014

El Gerente de una empresa cuya planilla es de más de 20 trabajadores nos consulta sobre el plazo de vencimiento de su obligación de distribuir la participación en utilidades. Nos comenta que siendo 1 el último dígito del RUC de la empresa le correspondería declarar la Renta Anual 2014 hoy 25 de Marzo del 2015, pero que el departamento contable realizó la correspondiente declaración el 07 de Marzo del 2015 (es decir 18 días antes del plazo de vencimiento). En ese sentido, la interrogante se refiere a cual sería el plazo de vencimiento para el pago de la participación en utilidades: ¿el 06 de Abril del 2015? (contando a partir de la declaración de renta) o ¿el 24 de Abril del 2015? (contando a partir de la fecha de vencimiento para la declaración de renta fijada por SUNAT).

ABSOLUCION DE LA CONSULTA

La participación en utilidades es un derecho constitucional del trabajador cuyo desarrollo legal está contenido en el Decreto Legislativo 892. La mencionada norma establece en su Artículo 6 que “la participación que corresponde a los trabajadores será distribuida dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al vencimiento del plazo señalado por las disposiciones legales, para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta”.

Para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2014 SUNAT emitió la Resolución de Superintendencia 380-2014-SUNAT estableciendo que de acuerdo al último dígito del RUC del contribuyente los plazos de vencimiento son los siguientes:

Aplicando ambas disposiciones normativas en conjunto se tiene entonces que el plazo de vencimiento para la distribución de la participación en utilidades del ejercicio 2014 es 30 días naturales siguientes al plazo de vencimiento de la declaración jurada de impuesto a la renta fijada por SUNAT, lo cual de acuerdo al último dígito del RUC del contribuyente resulta en lo siguiente:

¿Puede el contribuyente declarar la Renta Anual 2014 antes del plazo de vencimiento establecido por SUNAT?. Por supuesto, ya que SUNAT fija la fecha límite para efectuar la declaración jurada, lo cual a su vez significa que puede presentarse la declaración antes de dicha  fecha y hasta esa fecha.

¿La presentación adelantada de la declaración jurada de Renta Anual conlleva a que la participación en utilidades deba distribuirse dentro de los 30 días siguientes?. No. Por mandato legal el plazo de vencimiento para la distribución de la participación en utilidades es 30 días después del plazo máximo para presentar la declaración de renta anual, de modo que aunque se declare la Renta Anual antes de la fecha límite (o después de la fecha límite) los 30 días para distribuir utilidades se siguen contando desde la fecha fijada por SUNAT.

CONCLUSION

De lo anterior se desprende que si el plazo para que la empresa consultante presente su declaración de Renta Anual 2014 vence hoy 25 de Marzo del 2015 entonces el plazo para que distribuya a sus trabajadores la participación en utilidades vencerá el 24 de Abril del 2015 (por ser la fecha en que se cumplen 30 días naturales), sin importar si la empresa efectuó su declaración jurada antes de la fecha fijada por SUNAT.

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