El tiempo de refrigerio no forma parte de la jornada laboral
Los trabajadores tienen un período de tiempo de por lo menos 45 minutos para ingerir sus alimentos (refrigerio). Como la jornada laboral máxima es de 8 horas diarias muchos trabajadores preguntan si para el cómputo de las 8 horas se incluye el período de refrigerio. El autor explica que no se considera, señalando la sustentación legal respectiva.